Abogados de Criptomonedas y Blockchain

El Reglamento MiCA ya es aplicable. ¿Tu proyecto cripto cumple con la normativa europea?

Asesoramos a empresas y proyectos de criptoactivos, blockchain y finanzas descentralizadas en el cumplimiento del Reglamento MiCA, la normativa de prevención de blanqueo y la regulación fiscal de activos digitales en España y Europa.

Solicita una valoración inicial gratuita. Te daremos un análisis inicial de tu proyecto, las obligaciones regulatorias que te afectan y un presupuesto adaptado.

Sin compromiso · Te respondemos hoy mismo

    AÑOS DE EXPERIENCIA

    + 0

    CLIENTES ASESORADOS

    + 0

    PROYECTOS REALIZADOS

    + 0

    ÁREAS DE ESPECIALIDAD

    + 0

    LO QUE NOS DIFERENCIA

    Entendemos la Tecnología Detrás del Token

    Te respondemos hoy mismo

    SERVICIOS LEGALES EN CRIPTOACTIVOS Y BLOCKCHAIN

    ¿Qué Necesita tu Empresa?

    Asesoramiento legal integral para proyectos de criptoactivos, DeFi, tokenización y tecnología blockchain adaptado al marco regulatorio europeo.

    Revisamos la lógica jurídica de smart contracts para verificar que reflejan correctamente los acuerdos entre las partes. Analizamos riesgos legales en contratos autoejecutables y diseñamos cláusulas complementarias para cubrir los supuestos que el código no puede resolver.

    Asesoramos en la estructuración legal de proyectos de tokenización de activos inmobiliarios, financieros o de otro tipo. Evaluamos la clasificación regulatoria del token (utility, security, e-money) y diseñamos la documentación legal para emisiones conformes al Reglamento MiCA.

    Diseñamos programas de cumplimiento para plataformas y proyectos que operan en entornos descentralizados: gobernanza de DAOs, responsabilidad de operadores de nodos, obligaciones fiscales de staking y farming, y cumplimiento de sanciones internacionales.

    Acompañamos a exchanges, custodios, plataformas DeFi y proveedores de servicios de criptoactivos en la obtención de licencias y el cumplimiento del Reglamento MiCA, incluyendo requisitos de capital, gobernanza y protección del cliente.

    Te acompañamos en la autorización como proveedor de servicios de criptoactivos conforme al Reglamento MiCA, que en España concede la CNMV. Diseñamos políticas de prevención de blanqueo de capitales (AML/KYC) adaptadas a la operativa cripto.

    SECTORES Y EMPRESAS

    ¿Tu Proyecto Opera con Criptoactivos?

    Asesoramos a empresas y proyectos de los siguientes sectores del ecosistema cripto y blockchain.

    SaaS y Plataformas

    Tratamiento masivo de datos de usuarios

    Fintech

    Datos financieros y scoring crediticio

    Salud Digital

    Datos clínicos y de pacientes

    eCommerce Marketplaces

    Datos de compra y comportamiento

    Startups Scaleups

    Escalado con datos desde el día uno

    PROCESOS Y PLAZOS

    ¿Cómo Trabajamos?

    De la primera llamada al cumplimiento, en 4 pasos

    1 –

    Diagnóstico inicial

    Analizamos tu proyecto cripto o blockchain: qué tipo de token emites o gestionas, en qué jurisdicciones operas y qué obligaciones regulatorias te afectan. Sin coste ni compromiso.

    2 –

    Evaluación de riesgos

    Identificamos riesgos concretos: clasificación regulatoria del token, requisitos de autorización MiCA pendientes y exposición fiscal no declarada.

    3 –

    Plan de cumplimiento

    Diseñamos la estructura legal de tu proyecto: whitepaper regulatorio, términos y condiciones, política AML/KYC, contratos con proveedores de infraestructura y documentación para el registro.

    4 –

    Acompañamiento continuo

    Actualizamos tu estrategia de cumplimiento conforme evolucionen la normativa MiCA, las guías de la CNMV y la regulación fiscal de criptoactivos.

    RESEÑAS Y VALORACIONES

    Opiniones de Nuestros Clientes

    Opiniones de clientes y empresas reales sobre nuestros servicios de derecho en criptoactivos y blockchain.

    Dimas Pérez
    1 Reseña
    Marta combina una profesionalidad impecable con una sencillez extraordinaria al explicar conceptos jurídicos complejos...
    Roberto Fernandez
    3 Reseñas
    Impecable atención personal, disponibilidad y trato humano. Amplio conocimiento y experiencia en el sector. Máxima capacidad resolutiva. 100% recomendable...
    Alina
    1 Reseña
    No tengo palabras para expresar mi sincera gratitud. Marta es una profesional muy dedicada a su trabajo y con empatía. Además, trabaja con rapidez...
    Gregorio Gigorro
    1 Reseña
    Muchas gracias Marta por tu inestimable asesoramiento, si no hubiera sido por tu conocimiento sobre la tecnología NFT en el mercado del arte, tema nuevo y con proyección pero sujeto a muchos fraudes me hubiera metido en un gran lio. Marta …

    MARCO REGULATORIO

    Regulación de Criptomonedas y Blockchain en España y la UE

    El Reglamento (UE) 2023/1114, conocido como MiCA (Markets in Crypto-Assets), es el primer marco regulatorio integral para criptoactivos en Europa. Establece obligaciones para emisores de tokens y proveedores de servicios de criptoactivos (CASPs), incluyendo requisitos de autorización, capital, gobernanza y protección del consumidor.

    MiCA es plenamente aplicable desde el 30 de diciembre de 2024 para los proveedores de servicios de criptoactivos y desde el 30 de junio de 2024 para las fichas referenciadas a activos y las fichas de dinero electrónico (stablecoins). Los proveedores inscritos en el registro del Banco de España conforme a la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales pudieron seguir operando en régimen transitorio hasta el 1 de julio de 2026. Desde esa fecha, prestar servicios de criptoactivos en España exige la autorización MiCA.

    Para las personas jurídicas, MiCA obliga a prever multas máximas de al menos 5 millones de euros o, según la infracción, del 3 %, el 5 % o el 12,5 % del volumen de negocios anual. El 5 % corresponde a las infracciones de los proveedores de servicios de criptoactivos y el 12,5 % a las de los emisores de stablecoins. La CNMV es la autoridad competente para supervisar MiCA en España, y el Banco de España supervisa a los emisores de fichas referenciadas a activos y de fichas de dinero electrónico.

    Si necesitas la autorización como proveedor de servicios de criptoactivos, en nuestra página de abogados MiCA para la licencia CASP explicamos cómo preparamos el expediente ante la CNMV.

    FAQ

    Preguntas frecuentes sobre Criptomonedas y Blockchain

    MiCA (Markets in Crypto-Assets) es el Reglamento (UE) 2023/1114 que regula la emisión y prestación de servicios de criptoactivos en Europa. Afecta a emisores de tokens, exchanges, custodios, plataformas de trading y cualquier proveedor de servicios de criptoactivos que opere en la UE. Es plenamente aplicable desde diciembre de 2024.

    Sí. Los servicios de cambio, custodia, plataforma de negociación y el resto de servicios de criptoactivos exigen la autorización como proveedor de servicios de criptoactivos conforme a MiCA. En España la concede la CNMV, y una autorización obtenida en otro Estado de la UE permite operar en España mediante pasaporte. El régimen transitorio para los inscritos en el Banco de España terminó el 1 de julio de 2026. Operar sin autorización puede conllevar sanciones graves.

    Las ganancias y pérdidas por compraventa de criptoactivos tributan en la base del ahorro del IRPF (entre el 19 % y el 30 %). Además, desde 2024 es obligatorio informar de la tenencia de criptoactivos en el extranjero mediante el modelo 721 si el valor supera los 50.000 euros.

    Un utility token da acceso a un servicio o producto y no se considera instrumento financiero. Un security token representa derechos económicos similares a una acción o bono y está sujeto a la regulación de mercados de valores (MiFID II). La clasificación determina qué obligaciones legales aplican al emisor y al proyecto.

    Las DAOs no tienen un marco legal específico en España ni en la UE. Sin embargo, los promotores y operadores pueden ser considerados responsables de las actividades que se realicen a través de la DAO. Es recomendable dotar a la DAO de una estructura legal (asociación, fundación o sociedad) para limitar la responsabilidad personal de sus miembros.

    Emitir un NFT puede implicar obligaciones en materia de propiedad intelectual (derechos sobre la obra vinculada), protección del consumidor (información precontractual), fiscalidad (IVA y ganancias patrimoniales) y, si el NFT confiere derechos económicos, regulación financiera. Cada caso requiere un análisis específico según las características del token.

    SOLICITA TU CONSULTA

    Solicita una valoración inicial gratuita y recibe un análisis inicial de tu proyecto, las obligaciones regulatorias que te afectan y un presupuesto adaptado.