Abogados Especialistas en Inteligencia Artificial en Santiago de Compostela

El Reglamento Europeo de IA ya está en vigor y sus obligaciones de transparencia son exigibles desde el 2 de agosto de 2026. ¿Tus sistemas de inteligencia artificial cumplen con el AI Act?

Asesoramos a empresas, startups y proveedores de inteligencia artificial de Santiago de Compostela y su entorno en el cumplimiento del Reglamento Europeo de IA (AI Act), la protección de datos y la responsabilidad por sistemas automatizados. Acompañamos al tejido tecnológico gallego: Santiago de Compostela concentra talento e investigación en centros como el CiTIUS de la USC, en una comunidad donde la Xunta destina 130 M€ a inteligencia artificial y tecnologías avanzadas. Trabajamos con quienes desarrollan o integran IA, no con reclamaciones de consumidores.

Agenda una valoración inicial gratuita. Te daremos un análisis inicial de tu proyecto, las obligaciones regulatorias que te afectan y un presupuesto adaptado.

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    AÑOS DE EXPERIENCIA

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    LO QUE NOS DIFERENCIA

    Entendemos la Tecnología Detrás del Algoritmo

    Te respondemos hoy mismo

    ¿Dónde Estamos?

    Rúa do General Pardiñas, 35, Santiago de Compostela.

    SERVICIOS LEGALES EN INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN SANTIAGO DE COMPOSTELA

    ¿Qué Necesita tu Empresa?

    Asesoramiento legal integral para proyectos de inteligencia artificial, machine learning, IA generativa y sistemas automatizados adaptado al marco regulatorio europeo.

    Analizamos tus sistemas de IA y determinamos su categoría de riesgo según el Reglamento (UE) 2024/1689 (AI Act). Diseñamos el sistema de gestión de riesgos y preparamos la documentación técnica obligatoria antes del 2 de agosto de 2026.

    Realizamos evaluaciones de impacto (EIPD), revisamos la compatibilidad de tus datasets con el RGPD y definimos la base jurídica del tratamiento en procesos automatizados. Integramos el cumplimiento del AI Act con el de protección de datos.

    Diseñamos las estructuras contractuales que determinan la responsabilidad cuando un algoritmo afecta a clientes, empleados o terceros, con cláusulas de supervisión humana que reducen el riesgo legal y reputacional.

    Evaluamos la licitud de los datos con los que entrenas tus modelos: licencias, propiedad intelectual de los datasets, minería de textos y datos (TDM) y protocolos compatibles con el RGPD.

    Realizamos el análisis preventivo que garantiza transparencia, trazabilidad y cumplimiento normativo en los sistemas de alto riesgo, conforme a las exigencias del AI Act. En España, la autoridad competente es la Agencia Española de Supervisión de la IA (AESIA), con sede en A Coruña.

    SECTORES Y EMPRESAS

    ¿Tu Empresa Desarrolla o Usa IA?

    Asesoramos a empresas y proyectos de los siguientes sectores que desarrollan o integran inteligencia artificial.

    Fintech

    Scoring crediticio y detección de fraude

    Salud Digital

    Tratamiento de datos médicos y diagnóstico

    Recursos Humanos

    Algoritmos de selección de personal

    Marketing y Publicidad

    Segmentación automatizada y perfilado

    Administración Pública

    IA en la toma de decisiones públicas

    PROCESOS Y PLAZOS

    ¿Cómo Trabajamos?

    De la primera llamada al cumplimiento, en 4 pasos

    1 –

    Diagnóstico inicial

    Analizamos tus sistemas de inteligencia artificial: qué hacen, qué datos usan, si son de alto riesgo y qué obligaciones del AI Act te afectan. Sin coste ni compromiso.

    2 –

    Evaluación de riesgos

    Identificamos las brechas de cumplimiento y los riesgos concretos: clasificación de cada sistema, sesgos algorítmicos, obligaciones de transparencia y supervisión humana, licitud de los datos de entrenamiento y exposición a sanciones.

    3 –

    Plan de cumplimiento

    Diseñamos la estructura legal de tu proyecto de IA: políticas de gobernanza, documentación técnica, evaluaciones de conformidad, cláusulas contractuales y mecanismos de supervisión humana.

    4 –

    Acompañamiento continuo

    Actualizamos tu estrategia de cumplimiento conforme evolucionen el AI Act, las guías de la AESIA y la futura Ley Orgánica española de gobernanza de la IA.

    RESEÑAS Y VALORACIONES EN SANTIAGO

    Opiniones de Nuestros Clientes en Santiago

    servicios de derecho en inteligencia artificial en Santiago de Compostela

    Dimas Pérez
    1 Reseña
    Marta combina una profesionalidad impecable con una sencillez extraordinaria al explicar conceptos jurídicos complejos...
    Roberto Fernandez
    3 Reseñas
    Impecable atención personal, disponibilidad y trato humano. Amplio conocimiento y experiencia en el sector. Máxima capacidad resolutiva. 100% recomendable...
    Alina
    1 Reseña
    No tengo palabras para expresar mi sincera gratitud. Marta es una profesional muy dedicada a su trabajo y con empatía. Además, trabaja con rapidez...
    Gregorio Gigorro
    1 Reseña
    Muchas gracias Marta por tu inestimable asesoramiento, si no hubiera sido por tu conocimiento sobre la tecnología NFT en el mercado del arte, tema nuevo y con proyección pero sujeto a muchos fraudes me hubiera metido en un gran lio. Marta …

    MARCO REGULATORIO

    Regulación de la Inteligencia Artificial en España y la UE

    El Reglamento (UE) 2024/1689, conocido como AI Act, es la primera legislación integral sobre inteligencia artificial del mundo. Clasifica los sistemas de IA en cuatro niveles de riesgo —inaceptable, alto, limitado y mínimo— e impone obligaciones proporcionales de transparencia, supervisión humana, gestión de riesgos y documentación técnica.

    El AI Act entró en vigor el 1 de agosto de 2024 y se aplica de forma escalonada: las prácticas prohibidas y la alfabetización en IA son exigibles desde el 2 de febrero de 2025; las obligaciones de los modelos de propósito general (GPAI) desde el 2 de agosto de 2025; y las obligaciones de transparencia desde el 2 de agosto de 2026. Las obligaciones de los sistemas de alto riesgo se aplican desde el 2 de diciembre de 2027 para el anexo III y desde el 2 de agosto de 2028 para el anexo I, tras el aplazamiento del Reglamento (UE) 2026/1744.

    El régimen sancionador es severo: multas de hasta 35 millones de euros o el 7 % de la facturación global anual por las prácticas prohibidas, y de hasta 15 millones o el 3 % por otras infracciones. En España, la autoridad competente es la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA), con sede en A Coruña. El 26 de mayo de 2026, el Consejo de Ministros aprobó el proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la inteligencia artificial, que adapta el AI Act al ordenamiento español y regula los entornos controlados de pruebas (sandboxes).

    En Santiago de Compostela, asesoramos a empresas y proyectos de IA en el cumplimiento del AI Act. Consulta nuestro servicio de abogados de nuevas tecnologías en Santiago de Compostela.

    FAQ

    Preguntas frecuentes sobre Inteligencia Artificial

    El AI Act es el Reglamento (UE) 2024/1689, la primera legislación integral sobre inteligencia artificial. Afecta a proveedores, responsables del despliegue (deployers), importadores y distribuidores de sistemas de IA que se comercialicen o utilicen en la Unión Europea, con independencia de dónde estén establecidos. Entró en vigor el 1 de agosto de 2024.

    La aplicación es escalonada. Las prácticas de IA prohibidas y la alfabetización en IA son exigibles desde el 2 de febrero de 2025; las obligaciones de los modelos de propósito general (GPAI) desde el 2 de agosto de 2025; y las obligaciones de transparencia desde el 2 de agosto de 2026. Las de alto riesgo llegan el 2 de diciembre de 2027 para el anexo III y el 2 de agosto de 2028 para el anexo I. Conviene anticipar el cumplimiento antes de cada hito.

    Es un sistema de IA que puede afectar a la seguridad o a los derechos fundamentales de las personas. El AI Act considera de alto riesgo, entre otros, los sistemas usados en biometría, infraestructuras críticas, educación, empleo y selección de personal, acceso a servicios esenciales, aplicación de la ley o migración. Deben cumplir requisitos reforzados de gestión de riesgos, calidad de datos, documentación, transparencia y supervisión humana.

    Sí, pero con condiciones. Necesitas una base jurídica válida conforme al RGPD, informar a los interesados, minimizar los datos y evaluar el impacto en la protección de datos. Cuando el dataset incluye contenidos protegidos, además hay que analizar la propiedad intelectual y las excepciones de minería de textos y datos. El AI Act y el RGPD se aplican de forma complementaria.

    Depende del caso. El AI Act asigna obligaciones distintas al proveedor que desarrolla el sistema y al responsable del despliegue que lo utiliza. La responsabilidad civil por los daños se determina según el diseño del sistema, la información facilitada, la supervisión humana aplicada y las cláusulas contractuales entre las partes. Un buen reparto contractual de responsabilidades es clave para limitar el riesgo.

    Sí, con condiciones. Los sistemas de IA generativa y los modelos de propósito general (GPAI) deben cumplir las obligaciones de transparencia del artículo 50 del AI Act: informar de que el contenido ha sido generado por IA, marcar los contenidos sintéticos, publicar un resumen de los datos de entrenamiento y respetar los derechos de autor. En usos como la redacción de contratos, además, se exige supervisión humana y confidencialidad de los datos.

    Sí. Con base en Santiago de Compostela, asesoramos a empresas, startups y proveedores de IA de su entorno en el cumplimiento del AI Act, la protección de datos y la responsabilidad por sistemas automatizados. Trabajamos con quienes desarrollan o integran inteligencia artificial en su producto o sus procesos, no con reclamaciones de consumidores.

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